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REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

El ejercicio del Régimen Disciplinario Deportivo, se regulará por lo previsto en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte, modificado por la Ley 8/2003, de 26 de marzo; y por el Decreto 195/2003, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Deportiva de la Comunidad de Madrid, en sus disposiciones de desarrollo; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por lo dispuesto en los Estatutos de la Agrupación Deportiva RIVAS NATACIÓN, relativos a los Órganos Disciplinarios, por los preceptos contenidos en el presente Reglamento y por cualesquiera otras disposiciones sociales, o reglamento interno que le sean de aplicación.

Este Reglamento recoge las acciones y sanciones tipificadas para aplicar en el caso de faltas disciplinarias, siguiendo el protocolo recogido en el Título V del Régimen Disciplinario de los Estatutos de la Agrupación Deportiva RIVAS NATACIÓN. Todo lo no recogido específicamente en este Reglamento se atenderá por el Régimen Disciplinario recogido en los Estatutos, prevaleciendo el texto estatutario, sobre el Reglamento en caso de conflicto.

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